El Tribunal Supremo declara nulo un crédito revolving de Wizink Bank por usura.

Las tarjetas revolving con interés superior al 20% podrán ser declaradas nulas analizando cada caso. Supone la devolución de los intereses cobrados por ser usurarios.

El Tribunal Supremo ha publicado esta tarde una nota referente a la sentencia 149/2020, cuya deliberación definitiva fue el pasado 26 de Marzo, y que aborda la cuestión de la usura en una tarjeta revolving de Wizink Bank.

Wizink Bank había presentado recurso de casación (CAS 4813/2019), frente una la sentencia de la Audiencia Provincial de Santander que declaraba nulos los intereses de una tarjeta Wizink, por ser usurarios. En la nota se detalla que solo habrá pronunciamiento sobre la usura, pues la defensa del cliente no planteó en su demanda la abusividad, pero aclara que cabe esa vía de impugnación.

Respecto a la usura, el Supremo avala que para delimitar el concepto de «interés normal del dinero» se utilice la estadística del Banco de España, pero la que hace referencia a intereses de créditos revolving. El alto tribunal viene a situar el interés normal del dinero en torno al 20%, para este tipo de préstamo, pero considera que esa media ya es muy elevada, por lo que un tipo del 27% superaría en gran medida ese interés «normal», y sería usura. A la espera del texto definitivo de la sentencia surgen algunas dudas sobre la interpretación que pueda hacerse en los casos en los que el interés supera «por poco» el 20%, o en los que no parece razonable atenerse a una estadística que no existía, como es el caso de las tarjetas más antiguas.

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