Hemos conocido en el día de hoy que Bankia está dispuesta a devolver la inversión a los accionistas que acudieron a la oferta pública de suscripción de acciones en el año 2011.
Hubiera sido deseable una decisión voluntaria de Bankia, pero esta sólo ha llegado tras la presión de los afectados en los tribunales.
¿Y ahora que hago?
Si usted demandó y tiene ya Sentencia, habrá cobrado, o sólo le queda esperar a que Bankia cumpla voluntariamente o en vía de ejecución. No debe hacer nada.
Si tiene fecha de vista ya señalada, lo más lógico sería esperar a cobrar en vía judicial, por dos motivos, los intereses, que serán superiores y las costas, que probablemente se impondrán a Bankia. Salvo que le haya caido en uno de esos Juzgados que le han señalado para 2019, en ese caso es mejor que valore el tiempo y lo haga junto a su abogado o abogada. Bankia también debería valorar allanarse.
Si no ha demandado aún, lo más lógico parece optar por la solución extrajudicial que propone Bankia, que aunque sólo reconoce un 1% de Interés frente al 4%-3% de las Sentencias (Según interés legal publicado en BOE anualmente), es mucho más rápida y evita un proceso judicial y sus costes.
Bankia, ofrecerá a los afectados que han iniciado acciones judiciales, la posibilidad de firmar un acuerdo en sus sucursales para que posteriormente los abogados de Bankia planteen la suspensión del procedimiento por estar en vía de acuerdo. Pero en todo caso tendrá que hablar con su abogado o abogada para poder formalizar la transacción, y aceptar o no en el procedimiento judicial tal suspensión de la forma que más le interese.
Bankia no devolverá el dinero a los clientes que demandaron y perdieron sus Sentencias.